Después de un accidente, puede resultar difícil saber exactamente cómo cubrir sus gastos.
Afortunadamente, las víctimas de lesiones personales tienen derecho a solicitar una indemnización por los daños económicos y no económicos que sufren después de un accidente. Sin embargo, hay varios Colorado leyes que establecen un límite en el cantidad de dinero que estas víctimas pueden recuperarse de una demanda.
Los límites que existen se basan en el tipo de daños, la causa de la acción y la identidad del acusado, sin importar si estuvo en un carro, ferrocarrilo bien accidente de motocicleta.
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Dolor y sufrimiento CRS 13-21-102.5
Negligencia médica CRS 13-64-302
Dram shop CRS 12-47-801
Muerte injusta CRS 13-21-203
Daños punitivos CRS 13-21-102
Hay varios tipos de daños que las víctimas de lesiones personales de Colorado pueden buscar, incluyendo:
Los daños económicos son aquellos que generalmente se pueden establecer a través de medios verificables. Representan pérdidas monetarias y pérdidas monetarias anticipadas.
Estos daños incluyen y se verifican de la siguiente manera:
Consulte la información de la Asociación de Abogados del Condado de Boulder sobre daños, costas y honorarios de abogados En colorado.
Los daños no económicos son aquellos que son de naturaleza más subjetiva. No corresponden a una cierta cantidad de dólares y generalmente son decididos por abogados, ajustadores de seguros o jurados.
Los ejemplos de daños no económicos incluyen:
Debido a que estos daños son de naturaleza más subjetiva, el jurado a menudo debe confiar en su propia creencia de lo que estos daños deben tener en cuenta en un premio monetario.
Los daños punitivos rara vez se otorgan. Su objetivo es castigar o disuadir conductas similares en el futuro cuando las circunstancias involucradas en el caso son particularmente atroces.
La mayoría de los límites de daños en Colorado se basan en el tipo de daño en cuestión.
Ley de Colorado no limita la cantidad de daños económicos que se otorgan en la mayoría de los casos. En cambio, el límite se impone a los daños no económicos por pérdidas tales como dolor, tristeza, pérdida del disfrute de la vida, dolor y sufrimiento físico y mental, o angustia emocional.
La ley de Colorado impone límites de daños por daños no económicos de la siguiente manera, con montos ajustados periódicamente por inflación:
Para justificar el doble de la indemnización por daños no económicos, el tribunal debe tener pruebas claras y convincentes.
El límite de daños se aplica a cada acusado y no simplemente a la causa de la acción. Por lo tanto, la víctima podría recuperar $ 936,020 de cada uno de los dos acusados en un accidente que ocurrió en 2016.
Existen diferentes disposiciones cuando la lesión personal resultó en la muerte de la víctima. A diferencia de los reclamos por lesiones personales que no involucran la muerte, la cantidad de daños está limitada por la causa de la acción.
Ayudas una muerte injusta, el límite de daños no económicos es de $ 250,000, más inflación (o $ 500,000 más inflación si hay evidencia clara y convincente de que se justifica un aumento).
En las tapas que se aplican a la muerte injusta, la barra de Boulder también dice:
Alternativamente, la ley pone a disposición un "solatium" mediante el cual un sobreviviente reclamante que no desee emprender la tarea de probar pérdidas no económicas puede, después de probar que la muerte fue injusta según la ley, recibir automáticamente $ 68,250 [$ 50,000 más inflación] como compensación total por pérdidas no económicas.
Este límite no se aplica si el tribunal determina que la muerte es el resultado de un asesinato criminal; esto incluye asesinato o homicidio involuntario, por ejemplo. Recuperarse bajo esta excepción no requiere que el acusado ya haya sido condenado por el delito grave o incluso acusado de un delito grave.
Colorado también impone límites de daños basados en causas particulares de acción. Esas causas de acción pueden incluir:
Negligencia médica surge cuando los servicios médicos de un médico, hospital, hogar de ancianos, enfermeras u otro proveedor de atención médica caen por debajo del estándar de atención apropiado y resultan en lesiones de la víctima.
Para los casos de negligencia médica, el límite no económico es de $ 300,000 (aumentado en 2003 de $ 250,000); ver CRS 13-64-302. Hay un límite máximo para todos los daños de $ 1 millón.
Los estatutos también dicen:
Las limitaciones de esta sección no se aplican a un profesional de la salud que es un empleado público según la "Ley de inmunidad gubernamental de Colorado" y no se aplican a una institución de atención médica certificada que es una entidad pública según la "Ley de inmunidad gubernamental de Colorado".
Tampoco puede presentar el argumento de discapacidad física permanente en casos de negligencia médica (el límite incluye específicamente el valor de la discapacidad física permanente ya).
A dram shop caso se basa en que la víctima busca daños de un bar o taberna que proporcionó alcohol a un conductor ebrio quien causó daños a la víctima.
El límite máximo para este tipo de reclamo es de $ 280,810, independientemente de la fuente de la lesión.
Además de los otros límites de daños, Colorado también pone un límite a los daños punitivos.
Si bien Colorado permite que un jurado otorgue estos daños destinados a castigar al acusado, Colorado limita el monto de la indemnización de manera individual. Esto significa que la adjudicación de daños punitivos no puede exceder la cantidad de daños reales que otorga el jurado.
Por ejemplo, si el jurado otorga $ 500,000 por daños económicos, lo máximo que puede otorgar por daños punitivos es $ 500,000.
Colorado impone límites de daños cuando el estado de Colorado o una agencia gubernamental local, subdivisión gubernamental, municipio o ciudad es el acusado. Para un reclamo individual, el límite es de $ 350,000 o $ 990,000, es decir, si hay múltiples reclamos derivados de un solo incidente. Este número se ajusta cada año por inflación según el índice de precios al consumidor.
Aunque un jurado puede otorgar un premio mayor, el tribunal reducirá el monto del premio para cumplir con la ley de límite de daños después de emitir el veredicto. Esto da como resultado que la víctima no reciba tantos daños como el jurado consideró justo.
Lea más sobre la daños en Colorado de la Asociación de Abogados del Condado de Boulder.
Véase también Una descripción general del proceso de reclamo por lesiones en Colorado.